3Renovación y Duplicado

​​​​​​​​​​​Renovación y Duplicado

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LA RENOVACIÓN DE LOS DIMEX (Reglamento de Extranjería, Capítulo Tercero)


  1. La persona extranjera a quien se le haya otorgado residencia permanente en el país, deberá renovar su documento de identidad.
  2. La renovación del documento de permanencia deberá efectuarse dentro de los 30 días posteriores a su vencimiento, en caso contrario deberá de cancelar la suma de tres dólares por cada mes o fracción de mes de atraso.
  3. Si el extranjero permaneció fuera del país por un periodo mayor de un año, deberá presentar escrito justificando las razones y certificación de antecedentes penales debidamente legalizada y autenticada o apostillada del país donde permaneció.​
  4. En caso de que la persona extranjera no renueve el documento que acredite su condición migratoria legal en el país, dentro de los tres meses siguientes a su vencimiento procederá su cancelación (Personas con Categorías Migratorias de Residente Temporal y Categorías Especiales), salvo si existen razones debidamente comprobadas que demuestren la imposibilidad de hacerlo dentro de dicho plazo.​​
  5. Contra la persona extranjera que goce de residencia permanente que se ausente del país de manera consecutiva, por un lapso superior a cuatro años, así contra la persona extranjera con residencia temporal que se ausente del país por un lapso superior a dos años consecutivos, procederá la cancelación salvo que medien las causales de excepción debidamente comprobadas por razones de salud, estudio, familiares o de otro orden.​
  6. Link Reglamento de Extranjería con Reforma​




Banner Permiso de Salida del país persona menor de edad extranjera


​Residencia Permanente y Duplicado



CONSTANCIA CONSENTIMIENTO INFORMADO DIMEX 2022 versión N°3 al 3-02-2023.pdf



​​Requisitos de Renovacion Categorías Especiales

Mayor informacion en el siguiente link Renovacion-DIMEX.aspx


Importante:

·         El permiso de trabajo puede ser renovado hasta tres meses ANTES de su vencimiento.

·         Por cada mes de atraso en la renovación de su documento de residencia, deberá cancelar adicionalmente el equivalente en colones a tres dólares (US$3) por mes.

·         Si su permiso tiene más de tres meses de vencido, a la hora de renovar, deberá presentar, junto a los requisitos indicados, una carta de justificación donde indique el motivo por el cual no ha renovado su DIMEX.

·         Si su cédula fue robada o extraviada, deberá presentar una declaración jurada protocolizada realizada por un abogado/a.

·         Acuda solo al personal debidamente identificado para consultar sobre requisitos, citas y cupos de atención.

·         Si usted ha estado fuera del país por más de un año, al momento de renovar, deberá presentar el documento de Antecedentes Penales del país donde estuvo. Esto porque deberá realizar el trámite de solicitud de autorización de renovación de su Documento de Identidad Migratorio para Extranjeros o DIMEX, y será indispensable la presentación de este documento. (Artículo 216, Reglamento de Extranjería).

 

​​Residencias Temporales

BotonResidencia Temporal Inversionista y sus Dependientes

BotonResidencia Temporal Religioso y sus Dependientes

BotonResidencia Temporal Pensionado y sus Dependientes

BotonResidencia Temporal Rentista y sus Dependientes

BotonResidencia Temporal por Cónyuge Costarricense

BotonResidencia Temporal Trabajador de Empresa Registrada​

 

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trámites sin costo, sólo el que indica la Ley

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