Según el artículo 207 de la Ley General de Migración y Extranjería, en caso de denuncia, deberán indicarse los nombres del denunciante y el denunciado, la ubicación del denunciado, la fecha y el lugar para recibir notificaciones, así como la firma del denunciante, la cual deberá hacerse constar ante un funcionario de la Dirección General o deberá ser autenticada por un notario público. A la denuncia deberán adjuntársele las pruebas que el denunciante tenga sobre los hechos. De toda denuncia y pruebas aportadas, deberá extenderse recibo.
Las denuncias a la DPPME se recibirán únicamente mediante correo electrónico a la dirección denunciasppm@migracion.go.cr
El siguiente proceso queda suspendido hasta nuevo aviso como medida preventiva para evitar el contagio del COVID-19.
El siguiente proceso queda suspendido hasta nuevo aviso como medida preventiva para evitar el contagio del COVID-19.
Proceso
1. La persona se apersona a una oficina de la Policía Profesional de Migración, en el horario correspondiente de cada oficina, y se identifica, con un documento al día, ante la autoridad.
2. El oficial le solicita la información y los datos de la persona denunciante, así mismo la del denunciado. Es indispensable indicar lugar donde se puede localizar, nombre de la persona, nacionalidad y características físicas (estas últimas si se tienen), así mismo si tienen alguna denuncia interpuesta en alguna otra entidad.
Misma información solicitada que se va a ir anotando en el documento oficial para recibir las denuncias, el cual guiará a los oficiales a realizar la inspección, por esto es importante que la información se dé lo más clara y amplia posible.
3. Un medio para recibir notificaciones, el cual puede ser un correo electrónico o número telefónico.
4. La persona denunciante firma la denuncia, y se le da copia a la misma.